Política de conflicto de intereses

Es expectativa de la empresa que sus colaboradores actúen de manera justa, honesta y adecuada a los principios establecidos y sus valores fundamentales, siempre de acuerdo con los objetivos comerciales de LAC. En sus relaciones con clientes, proveedores, subcontratistas, intermediarios comerciales y no comerciales y competidores, los colaboradores deben privilegiar los intereses de LAC por sobre cualquier situación que pudiera representar un beneficio personal real o potencial, para sí mismos o para parientes, personas allegadas o asociados. Existe un conflicto de intereses, real o potencial, cuando las relaciones del personal con terceros pudieran afectar los intereses de LAC. Los conflictos de intereses que involucraran a personal de LAC, deben ser comunicados en su totalidad, esta declaración debe ser realizada conforme a las políticas y procedimientos internos o cuando LAC lo considere apropiado. Toda conducta relacionada con el ámbito laboral que generara un beneficio personal no autorizado a favor de colaboradores, sus familiares, allegados y asociados y que pudiera ocasionar un daño a LAC o a terceros con un interés en ellas (accionistas, clientes, proveedores, otros colaboradores o la comunidad) será considerada como contraria a los principios de esta Politica.

 

Septiembre de 2018 Rev. 00